viernes, 26 de febrero de 2010

Lo que Microsoft sabe de vos y le muestra a las autoridades

El Microsoft® Online Services Global Criminal Compliance Handbook es el último descubrimiento de Cryptonome y es, básicamente, el conjunto de políticas y lineamientos de información que Microsoft guarda de tus movimientos en sus servers y que comparte con las autoridades. El documento hasta le enseña a las autoridades como hacer el pedido para que MSFT no pueda tener problemas de PR y a entender, por ejemplo, un log de datos.
¿Sabías que tu XBox guarda la IP desde donde te conectás a perpetuidad? ¿sabías que, aunque Microsoft no guarda tus conversaciones del MSN Messenger, tiene los datos de quienes están en tu lista de contactos para entregar sin problemas? ¿sabías que para evitar problemas de privacidad cuando las autoridades quieren una foto de un MSN Spaces simplemente deben pedir el contenido del Space completo, total MSFT te dice como encontrar la data que necesitás?
Y es cierto, al menos tienen procedimientos para que las autoridades puedan perseguir a criminales o terroristas (palabra de moda si las hay) como hicieron con Google cuando un grupo de jóvenes molestó a un chico autista (y de paso evitan que sus ejecutivos sean encerrados) pero la realidad es que no termino de entender la necesidad de hacer que esto no se haga público al punto de pedir la suspensión de las cuentas del site que los descubrió.
Mientras lo podrían haber explicado de forma simple: “miren, la realidad es que por ley debemos entregar datos, la mejor forma de hacerlo es tener procedimientos claros” o “miren, gracias a la data de una XBox podemos saber donde hay un ladrón o encontrar un secuestrador” que son ejemplos creíbles y reales la embarraron tanto que:
a) La información se replicó tanto que ahora está distribuída en al menos 15 servers (incluyendo dos en repúblicas sin leyes digitales)
b) Todos estamos leyendo el documento y descubriendo todo lo que Microsoft sabe de mi y todo lo que le facilita a las autoridades para que sepan mi vida online
c) Ahora son un ejemplo claro y docuemntado de que la privacidad online NO existe.
Y una última reflexión ¿en serio se imaginan que es la única empresa de Internet que tiene este tipo de políticas? Ni las cosas se borran cuando vos lo imaginás, ni los datos desaparecen en cuanto “pasa un tiempito”, ni las únicas amenazas a la nube son externas.
Nota: El sitio original Cryptome fue dado de baja por pedido expreso de MSFT escudado en la DMCA pero ya están abriendo en otro lado y el documento llegó hasta a Wired… Efecto Streisand hasta en la sopa:
Microsoft Global Criminal Spy Guide Mirrors
http://jya.com/microsoft-spy.zip
http://eyeball-series.org/microsoft-spy.zip
http://cryptome.net/microsoft-spy.zip
http://www.wired.com/threatlevel/2010/02/microsoft-cryptome/
http://file.wikileaks.org/files/microsoft-spy.pdf
http://downtr.net/find/microsoft-spy+zip.html

Caso Microsoft:  http://www.cubadebate.cu/noticias/2010/02/25/microsoft-obliga-a-cerrar-cryptome-por-filtrar-y-publicar-su-manual-de-espionaje-para-el-fbi-la-cia-y-la-nsa/
Caso Yahoo: http://www.kaosenlared.net/noticia/caso-yahoo-filtrado-pruebas-como-venden-datos-personales
Caso Google: http://blog.smaldone.com.ar/2010/01/24/google-y-la-nsa/
Caso Facebook: http://www.youtube.com/watch?v=xzTgIdNW6lg
La guerra cibernética de EEUU con China:
http://www.rebelion.org/noticia.php?id=100694&titular=clinton-google-y-la-guerra-fr%EDa-cibern%E9tica-contra-china-

jueves, 25 de febrero de 2010

El 'eje del mal' del software libre

La industria de EEUU pide a su Gobierno que vigile a seis países por promover programas de código abierto.

Ayer nos enteramos de que un grupo de lobbistas norteamericanos esta intentando convencer a su gobierno de que quienes usen y promuevan el software libre atentan contra los intereses de la nación. Estos señores conforman la denominada Alianza Internacional para la Propiedad Intelectual (IIPA), una banda de retrógrados defensores a ultranza de los derechos de autor, la propiedad intelectual y toda esa basura que nos impide ser libres culturalmente.
Estos lobbistas son los encargados de crear la temible Lista 301, que se encarga de vigilar a los países en cuanto a cuan correctamente se cuidan los derechos de propiedad intelectual. Para decirlo en criollo, controlan y presionan a los países que no cumplan debidamente con las leyes de copyright.
Ahora bien, la IIPA esta tratando de convencer al gobierno estadounidense para que considere al código libre como un enemigo de los intereses de la nación y que debilitaría a la industria de software americana. Así que cualquier país que adopte soluciones basadas en software libre seria puesto en observación y considerado un enemigo de los Estados Unidos, por atentar contra las empresas desarrolladoras de software, los derechos de autor, la propiedad intelectual y cuanto invento se les cruce en la cabeza.
La IPPA ya le pidió a los Estados Unidos que vigile a ciertos países por comunistas promover el software libre: Brasil, que viene implementando soluciones en software libre hace varios años, la India que esta apostando al open source, y cuatro países de Asia; Vietnam e Indonesia que vienen sustituyendo software pirata por software libre; Filipinas que esta estudiando una ley para implementar software libre; y por ultimo, Tailanda quien se lleva la mayor atención de la IIPA. ¿Porque? En diciembre del 2009 el primer ministro ordenó la compra de 1.4 millones de portátiles para las escuelas que deben funcionar con algún sistema GNU/Linux.
Hay varias cosas para analizar y comentar. Para empezar les podríamos decir que miren un poco hacia adentro ya que sin ir mas lejos, el sitio web de la Casa Blanca funciona bajo Drupal, un CMS libre bajo la licencia GPL. Que el software libre atente contra la industria de software privativo, es una estupidez inmensa y totalmente carente de sentido. El hecho esta en que los gobiernos deciden implementar sistemas libres por diversos motivos: bajos costos, personalización, seguridad, fiabilidad, etc. El capitalismo es un sistema de libre mercado que permite al comprador elegir entre varios ofertantes según sus necesidades. Si los gobiernos eligen software libre es porque les conviene según las leyes básicas del capitalismo. ¡Que extraño que los Padres del Libre Mercado se opongan a su propio sistema!
Y si nos remitimos a la parte netamente empresarial, nos vamos a quedar aún más sorprendidos. En la actualidad, las empresas mas grandes del mundo usan, promueven y apuestan al software libre. Red Hat, Nokia, Google, IBM, Novell, SUSE y otras más hacen grandes, enormes y gigantescos negocios aportan y apostando al software libre. O peor aún, imaginen Internet sin Apache.
Entonces, ¿que debemos pensar de esta alerta dictaminada por la IIPA? Que es totalmente contradictoria, difamatoria y carente de sentido. Se trata de una intromisión (y ya van…) de los Estados Unidos hacia la libertad de los países que apuestan por un mercado libre.

viernes, 19 de febrero de 2010

El Software libre y Open Source, si son conceptos diferentes

Aunque los términos “Software Libre” (Free Software) y “Software de Código Abierto” (Open Source) se usen de manera indistinta, en realidad se trata de dos conceptos distintos que, en la práctica, resultan equivalentes.

Software Libre y la Fundación para el Software Libre (FSF)
La definición de Software Libre, escrita por Richard Stallman y publicada por la Free Software Foundation (Fundación por el Software Libre o FSF), define al software libre como un asunto de libertad, no de precio:

La palabra “libre” en nuestro nombre no se refiere al precio; se refiere a la libertad. Primero, a la libertad de copiar y redistribuir un programa a tus vecinos, para que ellos al igual que tu, lo puedan usar también. Segundo, a la libertad de cambiar un programa, así podrás controlarlo en lugar que el programa te controle a ti; para esto, el código fuente tiene que estar disponible para ti.

Boletín GNU, Volumen 1, Número 1, Página 8, 1986

Las 4 libertades del software libre

El Software Libre es aquel que nos da a los usuarios 4 libertades fundamentales:

La libertad de usar el programa, con cualquier propósito.

La libertad de estudiar cómo funciona el programa y modificarlo, adaptándolo a tus necesidades.

La libertad de distribuir copias del programa, con lo cual puedes ayudar a tu prójimo.

La libertad de mejorar el programa y hacer públicas esas mejoras a los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie.

Software de Código Abierto y la Iniciativa de Código Abierto (OSI)

En 1997 Eric S. Raymond presentó una obra sobre ingeniería de software, La Catedral y el Bazar, la cual buscaba mostrar las ventajas de ingeniería del enfoque utilizado para escribir el núcleo Linux.

A principios de 1998, Netscape Communications Corporation junto con Raymond, publicaron el código fuente de su producto insignia Netscape Communicator como software libre, dada la baja de ganancias y dura competencia con el software Internet Explorer de Microsoft.

Un grupo de personas interesadas en el software libre y en GNU/Linux decidieron introducir un término de mercadotecnia para el software libre, buscando posicionarlo como amigable para negocios y con menos carga ideológica en su competencia con el software propietario. Esto condujo a la creación del término Open Source (código abierto) y al cisma con Richard Stallman y su Fundación para el Software Libre.

Las 10 premisas del software de código abierto

Para que un software se considere de código abierto debe cumplir con 10 premisas obligatorias:

Libre redistribución: el software debe poder ser regalado o vendido libremente. Código fuente: el código fuente debe estar incluido u obtenerse libremente.

Trabajos derivados: la redistribución de modificaciones debe estar permitida. Integridad del código fuente del autor: las licencias pueden requerir que las modificaciones sean redistribuidas sólo como parches.

Sin discriminación de personas o grupos: nadie puede dejarse fuera.

Sin discriminación de áreas de iniciativa: los usuarios comerciales no pueden ser excluidos.

Distribución de la licencia: deben aplicarse los mismos derechos a todo el que reciba el programa.

La licencia no debe ser específica de un producto: el programa no puede licenciarse solo como parte de una distribución mayor. La licencia no debe restringir otro software: la licencia no puede obligar a que algún otro software que sea distribuido con el software abierto deba también ser de código abierto.

La licencia debe ser tecnológicamente neutral: no debe requerirse la aceptación de la licencia por medio de un acceso por clic de ratón o de otra forma específica del medio de soporte del software.

Conclusión

Los conceptos “Software Libre” y “Software de Código Abierto” llegan a las mismas conclusiones partiendo de distintas filosofías. Es decir, en la práctica son lo mismo pero desde el punto de vista ideológico son dos términos antagónicos puesto que el Open Source no está comprometido con los ideales de “libertad” que promueve el Software Libre.

Para evitar este conflicto ideológico recientemente se han acuñado términos incluyentes para denominar a estos tipos de software: FOSS (Free Open Source Software) y FLOSS (Free/Libre/Open Source Software). Ambos términos intentan resolver problemas de ambigüedad ideológica, y hasta de lenguaje puesto que en inglés “Free” significa tanto “Libre” como “Gratis” y el Software Libre no es precisamente gratis.





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lunes, 15 de febrero de 2010

Si la inteligencia está en la Red, la Red es de la inteligencia

Me veo obligado a recordar todo ello ante las sorprendentes afirmaciones de César Alierta, presidente de Telefónica, en las que anunciaba un posible cambio en la estrategia de la multinacional. Tal estrategia iría orientada a maximizar sus beneficios aprovechando su posición de gran intermediario global, planteándose incluso poder llegar a cobrar a los grandes buscadores.

Aunque sus explicaciones son algo confusas, hay una frase particularmente clarificadora: "La inteligencia está en la Red, y las redes son nuestras".
Con todo respeto, discrepo. A estas alturas del siglo, creo que va siendo hora de poner las cosas claras: las redes son de los que las habitan, y no de los que las explotan.

Telefónica, como los restantes operadores de servicios de intermediación consistentes en la provisión de servicios de acceso a Internet, está obligada por una normativa que, aún con sus limitaciones y lagunas, tiene como objetivo garantizar unos principios mínimos que permitan el ejercicio de derechos fundamentales en las redes públicas.

Doctores tiene la iglesia, y seguramente habrá muchas voces técnicas, más autorizadas que la mía, para pontificar sobre la conveniente y necesaria neutralidad de la Red. Pero desde la perspectiva del Derecho, creo que es necesario dejar clara una cosa: la inteligencia y las ideas son libres, con independencia del lugar donde se expresen. Los dueños de los cafés no pueden erigirse en propietarios de los pensamientos que nazcan en sus tertulias.

Nadie discute que todos debemos pagar por el asfaltado de las calles de Internet. Pero nadie debería discutir tampoco que los derechos de manifestación, reunión, expresión, opinión, o producción literaria y artística, pertenecen exclusivamente a los ciudadanos que transitan por la vía pública por excelencia: Internet. Si la inteligencia está en la Red, es porque en la Red habitan ciudadanos.

Vivimos tiempos convulsos: la imposibilidad técnica de poner trabas a la copia y difusión de contenidos culturales ha provocado una devaluación de la propiedad intelectual, que puede ser aprovechada por las operadoras de telecomunicaciones para forzar a la industria del entretenimiento a vender a bajo precio sus activos. Muchos autores y artistas, desorientados, llevan años disparando contra su público, ignorantes de lo que se les viene encima.

Si queremos garantizar la libertad en las calles de la polis global, es necesaria una alianza histórica: la de los artistas y su público, ciudadanos todos, frente a cuantos pretendan apropiarse de nuestro único patrimonio: la inteligencia.

Carlos Sánchez Almeida

jueves, 11 de febrero de 2010

La iPad y el Google Wave fueron nominados a los Fiasco Awards

Los galardones se darán en España. La idea es premiar a los buenos proyectos tecnológicos que, según la web, fracasaron. Te contamos quienes son los otros nominados



Según reza el lema de la propia página web de los Fiasco Awards, estos galardones "quieren premiar a los mejores proyectos del ámbito TIC que han acabado en FIASCO, con el fin de potenciar el espíritu crítico, fomentar la actitud positiva hacia los escollos del camino hacia el éxito y, para qué negarlo, ¡para divertirnos!"


La iPad de Apple está entre los ocho finalistas a los Fiasco Awards 2010, unos galardones que premian a los más ambiciosos proyectos del sector de las nuevas tecnologías que no han tenido éxito y a los que también optan la videollamada de los teléfonos celulares y la televisión interactiva.

El jurado de los Fiasco Awards hizo públicos en Barcelona los ocho finalistas, entre las 32 candidaturas que fueron presentadas en la segunda edición. El ganador se podrá votar en hasta el 10 de marzo.
Encabeza las candidaturas el iPad, la nueva tableta de Apple, porque según el jurado "podría seguir el mismo camino de Obama con el Premio Nobel y recibir el galardón antes de hacer nada".

El jurado destaca que la única innovación respecto al iPhone y el iTouch es su mayor tamaño, y justifica la nominación por el "escepticismo" con que el nuevo gadget ha sido acogido en la "siempre entusiasta" comunidad de usuarios de Apple.

Entre sus carencias destacaron la incompatibilidad con contenidos Flash, que no dispone de cámara, y que no permite escuchar música y a la vez navegar por Internet. Tampoco tiene salida de USB, ni de vídeo, y la tarjeta SIM que utiliza para las conexiones 3G no es estándar, sino Micro SIM, que es exclusiva de la iPad. Además, no permite hacer llamadas.

También optan al Fiasco la red social Xing, porque "no ha sabido entender a sus usuarios" y la nueva aplicación de Google, Google Wave, por ser lenta y difícil de usar.

El HD-DVD de Toshiba también es candidato por haber "perdido la batalla" contra el Blu-ray, y los sistemas Digital Rights Management (DRM) lo son porque, según el jurado, limitan el acceso a los contenidos digitales.

La opción de la videollamada de los teléfonos móviles opta al galardón por ser una desconocida, y la televisión interactiva porque sus estándares "tardaron tanto en desarrollarse que ya perdieron el tren". Cierra la lista la PSP Go!, la última versión de la consola portátil de Sony, porque a pesar de su diseño "estupendo" tiene unas prestaciones "no tan emocionantes".

Las votaciones terminarán el 10 de marzo, y al día siguiente se celebrará la entrega de premios en la Sala Tiffany's de Barcelona, en España.
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Lessig califica el acuerdo de Google Books de "senda hacia la locura"

Erick Schonfeld

Taducido para Rebelión por Ricardo García Pérez


La última persona de la que esperaríamos un comentario en contra del acuerdo de Google Books con el Gremio de Escritores estadounidense (Authors Guild), ese pacto que permitirá acceder en formato digital al contenido de millones de los denominados «libros huérfanos» , es el profesor de derecho de Harvard y defensor de la gratuidad de la cultura Lawrence Lessig. En un extenso artículo publicado en The New Republic califica al acuerdo de «senda hacia la locura» que resultará «asfixiante desde el punto de vista cultural», pero no por las razones que podríamos imaginar.
Lessig cree que el problema no reside tanto en el acuerdo mismo, ni en Google, como en la ley de propiedad intelectual. Pero después de haberse sumergido en la complicada jerga de las 165 páginas del acuerdo, cree más que nunca en la necesidad de revisar la ley de propiedad intelectual para adaptarla a la era de Internet (un tema que ya ha abordado anteriormente ). Veamos lo esencial del asunto, en sus propias palabras:


El acuerdo construye un mundo en el que se puede ejercer el control en el plano de la página, y quizá incluso de la cita. Es un mundo en el que se pueden cobrar derechos por cada bit, por cada palabra publicada. Es lo contrario del viejo eslogan sobre la energía nuclear: como sale tan barato medirlas, se miden todas las minucias. Empezamos a vender el acceso al conocimiento como vendemos el acceso a una sala de cine, a una tienda de golosinas o a un estadio de béisbol. No creamos bibliotecas digitales, sino librerías digitales: un Barnes & Noble sin Starbucks.
Lessig teme que, al descomponer los libros en partes sujetas a derechos de propiedad intelectual, vayamos a encontrarnos con el mismo problema que tenemos hoy día con el cine. Aduce el ejemplo de los documentales que, en ocasiones, son casi imposibles de restaurar o preservar en formato digital porque hay que volver a adquirir los derechos de cada una de las canciones y fragmentos de metraje de archivo. Es producto de la modalidad de contrato de derechos que acabó por ser norma en el cine, donde cada elemento integrante de una película ostenta sus propios derechos a perpetuidad, lo que dificulta aún más la tarea de convertirla a formato digital o transmitirla como bien de la cultura común. Hasta ahora, los libros se consideran en su mayoría como una única obra.
Sin embargo, el lenguaje del acuerdo de Google Books amenaza con descomponer los libros en una suma de elementos. El resultado es que uno podría estar leyendo un fragmento de un libro de medicina en su iPhone en la sala de espera de un hospital para tratar de averiguar qué le pasa a su hijo, como hizo Lessig, y descubrir que no aparece una imagen o una gráfica fundamental porque está sujeta a un contrato de derechos distinto. Como señala Lessig, en las bibliotecas de verdad, en el espacio físico, el acceso no se mide en páginas (o ilustraciones de páginas). El acceso se mide en libros (o revistas, CD o DVD).
El asunto no consiste tanto en que Lessig crea que el alcance del acuerdo de Google sea malo. En realidad, concede a Google cierto respaldo para el acuerdo, que compensa el acceso gratuito al 20 por ciento incluso de obras sujetas a derechos. (Google ha aducido con vehemencia que el acuerdo es bueno para autores y público por igual, y quiere modificarlo lo menos posible ). Lessig escribe:


El acuerdo contiene muchos aspectos loables. Los pleitos son caros y de resultado incierto. Tardan años en resolverse. La solución con la que dio Google garantizaba al público mayor acceso a contenidos gratuitos de lo que habría producido el «uso honesto». El 20 por ciento es mejor que retazos aislados, y un mecanismo que canalice el dinero hacia los autores va a agradar mucho más que otro que no lo haga.
Pero sienta un mal precedente sobre el modo en que entendemos los derechos de propiedad intelectual sobre obras digitales. Debemos sopesarlos, como hacemos siempre, con el derecho a acceder y transmitir nuestra cultura. Lessig califica el acuerdo de senda hacia la locura porque teme que nos predisponga a convertir el consumo de cultura en «un acontecimiento regulado por ley».



Cuando mandamos a nuestros hijos a una biblioteca para que redacten un artículo de investigación no queremos que accedan sólo al 20 por ciento de cada uno de los libros que necesiten consultar. Queremos que puedan leerlos enteros. Y no queremos que lean sólo los libros por los que otros piensan que estarían dispuestos a pagar para acceder. Queremos que curioseen a fondo: que exploren, que se maravillen, que planteen preguntas... del mismo modo, por ejemplo, que la gente explora, se maravilla y plantea preguntas cuando utiliza Google o la Wikipedia. Vivíamos en una cultura en la que gran parte de la vida cultural proliferaba y se compartía sin que casi ninguno de nosotros hubiera llamado nunca a un abogado especializado en propiedad intelectual.
Estamos a punto de alterar ese pasado, y de forma radical. Y la premisa para ese cambio es un elemento accidental de la arquitectura de la ley de propiedad intelectual: que regula el uso de las copias. En el mundo físico, esa arquitectura significa que la ley regula un conjunto limitado de posibles usos de una obra sujeta a derechos de propiedad intelectual. En el mundo digital, esa misma arquitectura significa que la ley lo regula todo, pues cada uso individual de una creación en el espacio digital constituye una copia. Por tanto, insiste el abogado, cada uno de los usos debe estar autorizado de algún modo. Hasta la digitalización de un libro con el propósito de generar un índice (una acción esencial en el caso de Google Books) hace estallar la ley de propiedad intelectual, ya que la propia digitalización arroja una copia.
Y lo que eso significa, o así lo temo, es que estamos a punto de transformar los libros en documentales de cine. La estructura legal que ahora tenemos en mente para acceder a los libros es aún más compleja que la estructura legal de que disponemos para acceder a películas. O, dicho más llanamente: estamos a punto de convertir el acceso a nuestra cultura en un acontecimiento regulado por ley, con mucha necesidad de abogados y autorizaciones, lo que sin duda representará una carga incluso para obras relativamente populares. O, dicho de otra forma más: estamos a punto de cometer un error cultural catastrófico.
Sencillamente, regular la utilización de copias es absurdo en un mundo digital en el que cada fragmento de contenido se compone de bits, ya que es preciso copiar esos mismos bits para que se puedan consumir o compartir. No existe equivalente digital alguno de la biblioteca o la librería de viejo, en las que se puede conservar la cultura y cualquiera puede acceder a ella. El acuerdo de Google Books contiene cláusulas específicas para bibliotecas y universidades, pero Lessig nos advierte de que no confiemos en que «las empresas privadas (y las entidades de gestión y recaudación pseudo-monopolistas) vayan a conceder favores especiales». Por el contrario, propone algo más radical y de mucho mayor alcance: revisar a fondo la ley de propiedad intelectual, de tal modo que incluya la obligatoriedad de registrar quién es propietario de qué (para facilitar la localización de los titulares de derechos y poder pedirles permiso para utilizar una obra) y contemple la protección de la obra en su conjunto, y no de sus elementos constitutivos.
«Una vez que una obra está acabada -escribe-, debemos reconocer que tiene entidad propia en el seno de nuestra cultura.» Si se autoriza una vez a utilizar una canción en una película o una ilustración en un libro, al cabo de un periodo de tiempo (él propone 14 años), el titular de los derechos de cualquiera de esos fragmentos no debería poder «ejercer el control sobre la totalidad». Y por lo que se refiere al sistema de registro, propone que lo gestionen empresas privadas, de forma muy parecida a como se gestionan hoy día el registro de dominios de Internet, donde las normas para hacerlo están establecidas por la ley. Sería a los titulares de los derechos a quienes correspondería registrarla y, en caso de que no lo hicieran, sus obras ingresarían en el dominio público.
Son propuestas extremadamente razonables que, estoy seguro, los grupos de presión del ámbito de la propiedad intelectual criticarán enérgicamente. Pero es preciso que este debate se produzca y Lessig nos proporciona un buen punto de partida. ¿Cómo modificaría usted la ley de propiedad intelectual para la era digital?

Lawrence Lessig es profesor de derecho de la Escuela de Derecho de Stanford y fundador del Center for Internet and Society que alberga. Antes de incorporarse a la plantilla de Stanford fue profesor Berkman de derecho de la Escuela de Derecho de Harvard y profesor de la... Más 

Google ofrece principalmente servicios de búsqueda y publicidad, que conjuntamente van encaminados a organizar y monetarizar la información del mundo. Además de dar acceso a su motor de búsqueda principal, suministra infinidad de herramientas y plataformas, entre las que se incluyen sus productos más populares... Más 




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